Según Fundación
Kyoto
En el Municipio Alberto Adriani
mermado y en agonía el Rio Mucujepe
*** Corresponde a los
Municipios a través de sus órganos y entes ejecutivos, planificar la
conservación, mejoramiento y recuperación del patrimonio forestal y no lo
hacen***
Nelson Dugarte
Ante la mirada incrédula de los pobladores y visitantes del Municipio
Alberto Adriani, se seca el que fue un caudaloso y cristalino río, que para los
Tatuy significaba lugar sagrado, destinado a correr la misma suerte de más de
60 afluentes secos hoy al Norte del Estado Mérida, gracias a la mano insensible
que empuña la moto sierra y el hacha utilizadas para derribar el bosque húmedo
en las partes altas y medias de esta cuenca hidrográfica, bosques que por cierto
forman parte del patrimonio forestal nacional.
Asi lo dio a conocer Ing. Agro. Msc. Arnoldo Márquez Presidente de la
Fundación Kyoto, esto preocupante dijo “están convirtiendo estos espacios en
potreros que en promedio pastorean menos de un animal por hectárea para la
producción de leche y carne, haciendo gala de la improductividad e
ineficiencia, claro el objetivo principal ha sido el lucro con las maderas
nobles que siguen alimentando aserraderos, carpinterías, mueblerías e industria
de la construcción, en su mayoría en condición de ilegalidad, sin ningún reparo
ni supervisión, seguimiento o control del poder municipal de la Alcaldía
Alberto Adriani y Sucre, detalló..
Por omisión alcaldes obvian
el art 12 de la ley de Bosques…
Los Señores burgomaestres por omisión o por desconocimiento de la Ley de
Tierras, Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, Ley de Aguas, no protegen ni
accionan políticas públicas en materia ambiental, como se lo indica el artículo
12 de la Ley de Bosques, “Corresponde a los Municipios a través de sus órganos
y entes ejecutivos, planificar la conservación, mejoramiento y recuperación del
patrimonio forestal”, aseveró.
Donde esta 1% del
presupuesto para el fomento de ecosistemas forestales…
Inclusive señala Marquez que para el
cumplimiento de estas competencias, las alcaldías deben incluir en sus
presupuestos el 1% del total de ingresos para el fomento de ecosistemas
forestales, no hay excusas para no hacerlo, mientras el pueblo continúa con el
racionamiento del vital líquido.
Poder popular tiene el deber con art 113 de la Ley
de Bosques…
Invitamos al Poder Popular de estas jurisdicciones a formar parte de la Red
Eco política Andina, como guardabosques que de acuerdo al artículo 113 de la
Ley de Bosques “Las Comunidades locales, consejos comunales, indígenas y demás
formas de organización social podrán conformar y registrar ante el Ministerio
de Ecosocialismo y Aguas las Brigadas de Guardabosques que constituyen cuerpos
voluntarios facultados para labores de contraloría social sobre la Gestión
Forestal, educación ambiental, promoción de la cultura del Bosque, vigilancia
preventiva y denuncia de actividades que perjudiquen el patrimonio forestal de
todos los Adrianistas y Sucrenses”, dijo al cierre Arnoldo Márquez.