La
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decretó medida
cautelar de tutela constitucional consistente en suspender la actual Junta
Directiva de la organización con fines políticos “Movimiento Primero Justicia”.
Indica
la sentencia N° 0072-2020, con ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales,
que se nombra una Junta Directiva Ad Hoc
para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario de la mencionada
organización con fines políticos, presidida por el ciudadano José Dionisio
Brito, como coordinador nacional; y que estará además conformada por un
Coordinador Nacional Adjunto, un Secretario General, un Secretario General
Adjunto y un Secretario de Organización, que cumplan las funciones directivas y
de representación del “Movimiento Primero Justicia”; así como la designación de
autoridades regionales, municipales y locales.
Agrega
la decisión que dicha Junta Directiva Ad Hoc podrá utilizar la tarjeta
electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto
propio de la señalada organización con fines políticos, además, se suspenden de
manera provisional los actos de expulsión o exclusión partidista, suspensión,
entre otros, efectuados por los miembros de la Junta Directiva del “Movimiento
Primero Justicia” contra sus militantes y, específicamente, los que recaen
sobre los ciudadanos accionantes.
En
el presente caso la Sala Constitucional se declaró competente y admitió la
acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos José Dionisio Brito
y Conrado Pérez Linares.